SOBREVIVIENTES Y FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS DE LA MASACRE EL CALABOZO, SAN VICENTE, PRESENTAN DEMANDA DE AMPARO CONSTITUCIONAL ANTE CSJ
A partir del 17 de agosto de 1982, en los municipios de San Esteban Catarina, Santo Domingo, San Sebastián, Santa Clara y San Lorenzo, el ejército desplegó uno de los mayores operativos militares realizados en esa región, por varios días los militares del ejército persiguieron, torturaron, violaron a mujeres y niñas, y masacraron a habitantes de los municipios, y fue la mañana del 22 de agosto que cometieron la matanza más grande, en una hondonada conocida como “El Calabozo”, a la orilla del río Amatitán, donde habían buscado refugio todas aquellas miles de personas quienes eran atacadas desde el aire por helicópteros y aviones de la Fuerza Aérea.
A pesar de que el Informe de la Comisión de la Verdad, de 1993, determinó que había pruebas suficientes de la masacre, tanto testimoniales como documentales, el ministro de Defensa de ese entonces, General José Guillermo García, declaró que había hecho una investigación y que no había ocurrido ninguna masacre.
Desde 1999, el caso se encuentra archivado por el Juzgado de Primera Instancia de San Sebastián, Departamento de San Vicente; es el 15 de Julio del año 2006 que se interpone escrito para el desarchivo, sin embargo se emite La resolución por la jueza suplente de Primera Instancia de San Sebastián, Departamento de San Vicente, mediante la cual las consideraciones que dan lugar a la referida declaratoria judicial, son bajo el análisis de la acusación planteada desde cuatro puntos fundamentales: 1) Respecto a los Tratados Internacionales; 2) En relación a los hechos denunciados; 3) En lo referente a quien corresponde la acción penal y 4) En lo concerniente a la Ley de Amnistía y la Prescripción de la Acción Penal
Estas causales no solo violentarían la normativa penal interna, sino que también normas internacionales que tienen carácter de leyes de la República, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos; por ello, este día, las y los familiares de las víctimas, también testigas y testigos de la masacre, interponen demanda de amparo por violación a sus garantías constitucionales correspondientes a (1)Derecho a obtener resoluciones judiciales fundamentadas (Deber de motivación de las sentencias judiciales, Art. 2 inc. 1º Cn.), que al ser violentado en este caso, se ha desencadenado de forma refleja, la transgresión de los siguientes derechos: (2) derecho de protección y acceso a la justicia contemplado en el artículo 2 de la Constitución de la República, (3) seguridad jurídica Art 2 inc. 1° de la Constitución de la República, (4) El Derecho de Petición y el Principio de la Congruencia, según el Art. 18 de la Cn., y (5) Derechos a la vida digna, la integridad Personal respecto a la salud física, mental y moral, protegidos en el artículo Uno de nuestra Carta Magna.
A 28 años de la masacre, toda la comunidad, piden al Estado Salvadoreño Verdad en la no negación de los hechos, Justicia a quienes ordenaron la masacre, y Reparación al Estado Salvadoreño por no haber sido garante de sus derechos humanos.
San Salvador, 20 de Octubre de 2010.-
Actualizado (Miércoles, 06 de Julio de 2011 01:55)


